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Opinión | La fuerza y el límite: una condena histórica y jurídica a la invasión estadounidense de Venezuela

Por 11 min lectura
Venezuela

Fue de madrugada, al tercer día de iniciado 2026, cuando Caracas, Venezuela —según relataron agencias y corresponsales— despertó con estallidos y columnas de fuego: por un instante, las luces de bombas y proyectiles parecieron fuegos artificiales que quisieran despedir décadas de incertidumbre con una falsa promesa de porvenir. AP News+2Reuters+2 Pero el fulgor duró lo que dura el espejismo: la misma luz que aparenta fiesta se volvió horror para algunos y motivo de fiestas para otros, cuando la intervención militar culminó en la captura del presidente de un país soberano, trasladado fuera de su territorio para enfrentar cargos en Estados Unidos. AP News+1 Y así, donde algunos quisieron ver “redención” política, la Historia ve un umbral más antiguo: el poder externo imponiéndose como juez.

En esa escena —que no exige idealizar a Maduro para ser condenada— el que escribe no celebra gestos melodramáticos ni exige martirios, pero sí registra una constante ética: los pueblos pagan caro cuando el desenlace de su destino se decide bajo custodia extranjera. Más inquietante aún es que esa custodia se ejerza desde un liderazgo cuya legitimidad moral es objeto de controversia en el propio sistema estadounidense: Donald Trump fue declarado culpable en 2024 en el caso penal de “hush money” en Nueva York (con sentencia de “unconditional discharge” en 2025), PBS+1 y la documentación oficial del Congreso sobre el 6 de enero describe un esfuerzo “escalonado, de varias fases, progresivo.” impulsado por Trump para revertir los resultados de 2020 y bloquear la transferencia de poder.

GovInfo Por eso, incluso en clave de realismo mágico, el símbolo es nítido: la noche se llenó de luces como si el cielo pudiera borrar el pasado, pero el amanecer recordó que ningún porvenir auténtico nace del estruendo, sino del derecho, la soberanía y la voluntad de los venezolanos —sin tutelas de potencia extranjera.

Y es que, más allá de la retórica de la “guerra contra el narcotráfico”, el propio presidente Donald Trump vinculó la presión contra Caracas con la recuperación de “nuestros derechos energéticos”, afirmando ante la prensa que Venezuela “se llevó todo nuestro petróleo… y lo queremos de vuelta; lo tomaron ilegalmente”, y, tras el golpe, adelantó que Estados Unidos estaría “muy fuertemente involucrado” en la industria petrolera venezolana. AP News+1

En ese marco, la acusación de “narco-terrorismo” funciona como coartada legitimadora —un lenguaje de amenaza transnacional— que recuerda, por analogía histórica, el expediente de las “armas de destrucción masiva” en Irak: un caso donde investigaciones oficiales posteriores concluyeron que los juicios prebélicos sobre esos arsenales fueron exagerados o no estaban sustentados por la inteligencia disponible. The Guardian+1

Esta condena no requiere idealizar al gobierno venezolano ni blanquear sus responsabilidades internas. La historia no opera como propaganda: pesa, compara, contextualiza y sentencia con prudencia. Es posible sostener—sin contradicción—dos verdades simultáneas: que Venezuela arrastra una crisis política e institucional profunda, y que la invasión de una potencia extranjera no es remedio legítimo para esa crisis.

Como estudioso de la historia, afirmo que el juicio histórico, cuando es ecuánime, no se enamora de líderes: se aferra a principios. No escribo como correa de transmisión de presiones mediáticas ni de intereses coyunturales; escribo, deliberadamente, desde el tribunal de la Historia, allí donde los hechos deben sostenerse con evidencia y las interpretaciones con prudencia.

El porvenir de la nación suramericana de Venezuela compete, en primer término, a los venezolanos y a sus instituciones, no a ninguna potencia extranjera que pretenda sustituir la soberanía por la fuerza. De ahí mi condena: no ser rehenes de la emoción inmediata ni de la propaganda —internacional o doméstica— que simplifica realidades complejas en medias verdades, porque la dignidad de los pueblos no puede depender de narrativas, sino del derecho, la memoria y la responsabilidad histórica.

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El derecho internacional como dique: la prohibición del uso de la fuerza

Desde 1945, el corazón normativo del orden internacional moderno es la prohibición del uso de la fuerza. La Carta de las Naciones Unidas obliga a los Estados a abstenerse de la amenaza o el uso de la fuerza contra la integridad territorial o la independencia política de cualquier Estado (art. 2(4)). (United Nations) La excepción principal, también prevista por la Carta, es el derecho de legítima defensa ante un “ataque armado” (art. 51), o una autorización del Consejo de Seguridad en el marco del Capítulo VII. (United Nations)

Una captura militar de un jefe de Estado en su propia capital—acompañada de bombardeos y coerción armada—es, por definición, un golpe directo contra la independencia política del Estado intervenido. La “Declaración sobre Relaciones de Amistad” (AGNU 2625) reafirma que ningún Estado debe organizar, instigar o apoyar el cambio de régimen mediante coacción y fuerza, y subraya el principio de no intervención. (United Nations Treaty Collection) En el plano regional, la Carta de la OEA es aún más tajante: “Ningún Estado… tiene derecho a intervenir, directa o indirectamente, por cualquier motivo” en los asuntos internos o externos de otro. (Organization of American States)

No es una discusión teórica: el caso Nicaragua v. Estados Unidos (CIJ, 1986) quedó como hito precisamente porque delimitó con claridad la ilicitud de ciertas formas de intervención armada y paramilitar y rechazó justificaciones amplias del uso de la fuerza bajo etiquetas políticas. (International Court of Justice) La doctrina del “fin noble” no legaliza el medio ilícito. Si el orden internacional tolera que un Estado capture por la fuerza a un gobernante extranjero en su propio territorio, entonces el principio de soberanía queda reducido a retórica.

El derecho interno estadounidense: guerra sin Congreso y el problema de la autoridad

En el marco jurídico interno de Estados Unidos, la tensión es igualmente grave. La War Powers Resolution (1973) establece que la introducción de fuerzas armadas en hostilidades (o situaciones de hostilidades inminentes) debe ocurrir únicamente con (1) declaración de guerra, (2) autorización estatutaria específica, o (3) emergencia nacional creada por un ataque contra Estados Unidos, sus territorios o sus fuerzas armadas. (U.S. Code)

Hasta donde reflejan los reportes públicos iniciales sobre esta operación en Venezuela, no se ha establecido de forma clara una declaración de guerra ni una autorización específica del Congreso para una invasión con fines de captura y derrocamiento. El problema, entonces, no es “partidista”: es constitucional e institucional. Cuando el Ejecutivo convierte la fuerza militar en atajo para resolver por coerción lo que debería transitar por diplomacia, derecho y multilateralismo, se erosiona el propio diseño republicano de controles y contrapesos.

La historia comparada: patrón de intervenciones y el dato corroborable

El debate sobre Venezuela ocurre dentro de una larga curva histórica. Un dato verificable, elaborado desde una institución oficial estadounidense, ayuda a fijar el marco: el Congressional Research Service (CRS) mantiene un inventario de “instancias” del uso de fuerzas armadas estadounidenses en el extranjero desde 1798 hasta abril de 2023, y describe ese registro como “cientos de instancias”. El mismo documento recuerda que EE.UU. ha declarado formalmente la guerra once veces (en cinco guerras) y que, además, ha sostenido múltiples conflictos extensos sin declaración formal, algunos considerados “guerras no declaradas”.

En ese sentido: si se contabilizan las entradas del “Listing of Notable Deployments” del CRS (1798–abril 2023) como registros discretos, el listado arroja 192 entradas (conteo directo del listado del propio informe; el CRS advierte que algunas entradas, especialmente desde 1980, consolidan reportes y operaciones continuas, por lo que otros métodos pueden variar). Ese número no pretende llamar “invasión” a cada entrada—muchas son despliegues, rescates, bloqueos o misiones—pero sí prueba, documentalmente, la recurrencia estructural del uso de fuerza en la proyección exterior estadounidense.

La historia hemisférica, además, conoce un vocabulario doloroso: desembarcos, ocupaciones, “protección de ciudadanos”, cambios de gobierno, y guerras “pequeñas” que para los pueblos intervenidos fueron enormes. Y cuando la excepción se vuelve hábito, el hábito se convierte en patrón.

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Maduro, la crítica interna y el límite moral de la fuerza externa

La idea de que el primer acto de corrupción es aceptar un cargo sin estar calificado, atribuida a Platón, es una interpretación común de su pensamiento sobre la justicia y el buen gobierno, especialmente en «La República», donde enfatiza que los líderes deben ser filósofos-reyes con virtud y conocimiento para servir al bien común, no por interés personal; su visión sugiere que la incompetencia en el poder es una forma de corrupción, dañando a la sociedad, aunque la cita exacta es una paráfrasis moderna de sus principios.

A la luz de lo anterior el liderazgo se mide por preparación, responsabilidad y lealtad al bien público; y que Venezuela ha vivido años de erosión institucional y sufrimiento social que ningún historiador serio debe minimizar.

Ahora bien, incluso si se concluyera que Maduro no encarnó el tipo de liderazgo que un pueblo merece, eso no habilita a otra nación a ocupar el lugar del soberano. La historia latinoamericana está llena de tragedias donde la crítica legítima al poder interno fue instrumentalizada por intereses externos para justificar la ruptura del orden político. El caso chileno de 1973 es recordatorio duro: Salvador Allende murió aquel 11 de septiembre en La Moneda, y existen amplios registros documentales sobre la política estadounidense hacia Chile y su apoyo a acciones encubiertas previas al golpe. (Office of the Historian) Pero aquí conviene una precisión ética: la historia no debe romantizar la muerte como “modelo” para otros líderes; lo que debe rescatar es el principio de que la soberanía popular no se sustituye con bombas.

El “imperativo moral” y la prueba de la coherencia

Cuando una potencia presenta una intervención como “necesidad moral”, la historia exige una prueba severa: coherencia. Porque si el argumento es moral, entonces debe aplicarse a aliados y adversarios; a unos y a otros con igual vara. En ese sentido, reportes recientes indican que Donald Trump indultó a un ex presidente de Honduras Juan Orlando Hernández, convicto por narcotráfico en EE.UU y que cumplía una pena de 45 años de prisión en EE.UU. (Congress.gov) Ese hecho—si se invoca la moral como brújula—siembra una pregunta inevitable: ¿cómo se justifica una invasión para “corregir” corrupción o criminalidad en un país, mientras se otorgan clemencias políticas en otro caso de alto perfil?

Lo mismo ocurre con el escándalo moral de nuestra era: Gaza. Más allá de eslóganes, hay un dato verificable: existe un litigio ante la Corte Internacional de Justicia relativo a alegaciones de genocidio en el conflicto (Sudáfrica v. Israel), y el Consejo de Seguridad y otros órganos de la ONU han tratado repetidamente la urgencia de ceses al fuego y protección de civiles. (UN Documentation) Sin entrar aquí a dictar sentencia jurídica final—que corresponde a tribunales—la pregunta histórica permanece: si se puede “hacer lo correcto” por la fuerza en Caracas, ¿por qué no se detiene con igual energía la catástrofe humanitaria donde el mundo entero ve el dolor a cielo abierto? La inconsistencia erosiona la credibilidad del “imperativo moral” y revela, muchas veces, lo que la historia reconoce como interés.

Conclusión: la moral histórica como norte

La invasión de Venezuela no debe leerse como un rayo aislado, sino como un capítulo más de una tradición moderna donde la potencia se confunde con derecho y la superioridad militar se disfraza de virtud. El derecho internacional existe precisamente para detener esa deriva: para que ningún Estado se arrogue el privilegio de decidir, por la fuerza, quién gobierna a otro. Y aun desde dentro del propio orden constitucional estadounidense, la War Powers Resolution recuerda que la guerra no es patrimonio ilimitado del Ejecutivo, sino materia de frenos, controles y responsabilidad pública. El inventario histórico del Congressional Research Service, con su largo registro de usos de fuerza en el extranjero, confirma que el “recurso a la fuerza” ha sido demasiado frecuente como para seguir tratándolo como excepción sin consecuencias morales.

Pero la Historia -si ha de ser maestra de vida, “Historia magistra vitae”, Marco Tulio Cicerón, en De oratore (Libro II, 36)- no se limita a condenar: también enseña a imaginar el porvenir sin rendirse al fatalismo. Por eso, la esperanza que aquí se invoca no nace de la pólvora ni del espectáculo de las cadenas, sino del amanecer: de ese instante en que el cielo parece lavarse la cara y el sol, como un testigo antiguo, vuelve a posar su luz sobre los barrios, los llanos y las montañas, recordándole al mundo que la soberanía no es una consigna, sino el derecho de un pueblo a rehacer su destino con sus propias manos.

Afirmamos, que la madrugada de la violencia no sea el final del relato: que sea, para Venezuela, el punto exacto donde la conciencia cívica decide dejar atrás la resignación y escoger un futuro primario—esencial, digno—fundado en instituciones, en justicia social, en respeto a la vida y en la reconstrucción de la confianza.

El juicio de la historia no pide que defendamos a un hombre; pide que defendamos un principio. Hoy ese principio es sencillo y exigente: la fuerza no crea legitimidad. La moral histórica—esa que permanece cuando se apagan las cadenas, los comunicados y la propaganda—no puede ser el traje a la medida del poder, sino el norte común de los pueblos: soberanía, legalidad, dignidad humana, y el deber de que la justicia sea más fuerte que el músculo.

Si el mundo acepta lo ocurrido en Venezuela como “normal”, entonces lo que se normaliza no es una operación: es la demolición del límite. Y cuando cae el límite, lo que entra no es la paz: entra la era de la imposición. Que Venezuela, en cambio, elija lo contrario: que el nuevo día—ataviado de esperanza tras años de lucha—sea la prueba viva de que la Historia todavía puede doblar el hierro de los imperios cuando un pueblo decide, por fin, caminar erguido hacia su propia aurora.

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Dr. Carlos I. Hernández Hernández

1 comentario

  1. Dr. Hernández – Sólo puedo decir: muchas gracias por su brillante análisis. Este deberia servir de guía para la «sobremesa» del domingo en casa de la abuela; la discusión de lo ocurrido en las aulas; y como espejo en el cual mirarnos proyectándonos hacia un futuro que comenzó el pasado viernes iluminado por los pensamientos que en él se vierten. Gracias!
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