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Historia del Viejo San Juan | La reina Juana I de Castilla

Juana I de Castilla

Himno de Puerto Rico

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Imagen: Felipe de Habsburgo y la Reina Juana I de Castilla, ca. 1500 (Royal Museums of Fine Arts of Belgium)

Esta es la cuarta parte de una serie de artículos sobre el traslado del poblado de Villa Caparra a la ciudad de San Juan en 1521

Juana I de Castilla es la segunda hija de los Reyes Católicos y la tercera en línea heredando el trono de Castilla.  Nació en el Alcázar de Toledo el 6 de noviembre de 1479, diecisiete meses después que nació su hermano, el príncipe Juan de Castilla.

Como consecuencia, su nacimiento no puede haber sido bien recibido porque al nacer un varón debido a que había sido esperado desde el casamiento de los Reyes en 1469 para ser declarado heredero del trono, acapara entonces la atención de la corte y las necesidades hereditarias del matrimonio de los Reyes Católicos.

En Castilla la mujer no era excluida del derecho sucesorio monárquico contrario a los otros reinos de la península ibérica en los cuales la mujer no tenía derecho sucesorio.  Este derecho fue otorgado en las Siete Partidas de Alfonso X el Sabio (siglo XIII) y en las mismas se estipula que la mujer tiene derecho a heredar títulos nobiliarios.   Este era el caso de la reina Isabel la Católica y de su hija Juana I de Castilla, no estaban exentas del derecho sucesorio al trono de Castilla.

En agosto de 1496, a la edad de 16 años, la infanta obtiene a través de capitulaciones matrimoniales, una dote postulada por el archiduque Felipe el Habsburgo marcada con una serie de títulos nobiliarios tal y como archiduquesa de Austria, duquesa de Borgoña y Bravante y condesa de Flandes.

No obstante, a pesar de obtener estos títulos, se le negó en la dote matrimonial el cumplimiento del derecho a controlar una casa y una contribución económica para mantenerla según su condición de infanta, más adelante princesa y reina del trono castellano.  Esta limitación económica obedece a la estrategia, común en los matrimonios, para incapacitar públicamente la mujer.

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La misma fue apoyada por una falta de fondos para gastos personales, el control de su medioambiente hogareño con sirvientes extranjeros, la negación de acceso legal a la educación, la crianza y acceso de sus hijos.

Su séquito castellano de criados, oficiales y damas, patrocinados por la reina Católica, pasó a ser sustituido por borgoñones que fueron instituidos y pagados por su esposo.  En otras palabras, su corte fue suplantada por una corte que respondía cultural y lingüísticamente al protocolo y la etiqueta borgoñona y actuaban de acuerdo con la imposición dictatorial y aisladora del archiduque sobre el devenir monárquico de la princesa.

El 26 de noviembre de 1504, dos años después de haber jurado en cortes a la princesa Juana como la heredera del reino de Castilla y a Felipe el Hermoso como rey consorte, muere la reina Isabel la Católica en su palacio residencial de la villa de Medina del Campo dejando como heredera al trono de Castilla a su hija Juana.

La reina Juana I de Castilla viaja a Castilla dos años después de la muerte de su madre y durante su llegada muere su esposo el archiduque el 25 de septiembre de 1506 en Burgos (España).  Desde este momento legalmente Juana I de Castilla tiene el derecho de actuar como soberana, reinando como monarca de Castilla, excepto que se desarrolla una pugna de parte de su padre, el rey Fernando el Católico.  En 1509, el rey Fernando, aspirando a ser rey de Castilla y dejar un heredero masculino en el trono con su esposa, Germaine de Foix, encierra su hija en el castillo de Tordesillas y la declara incompetente para ejercer su derecho a reinar.

Esto dicho sobre la situación política para ejercer sus derechos al trono, una examinación de los documentos relacionados con la isla de San Juan Bautista, apuntan un protagonismo político a pesar de su incapacitación para regir los designios de su monarquía y el limitadísimo poder para firmar documentos.

No obstante, una examinación de los documentos que pertenecen a la colección de Documentos Históricos de Puerto Rico, Tomos I y II publicados por el Centro de Estudios Avanzados de Puerto Rico y el Caribe en el 2011 contiene documentos firmados por la reina Juana I de Castilla.  Cerca de 300 documentos se encuentran divididos en reales cédulas, reales, provisiones concebidas como caudales u otras cosas puestas a la disposición de vecinos de la isla y cartas de diferentes archivos.

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En el Tomo I de 145 documentos examinados tres reales cédulas se encuentran firmadas por la reina Juana con su padre el rey Fernando de Aragón. Estos documentos son reales cédulas propuestas para la resolución de diversos temas concediendo merced y abogando por las necesidades de la isla de San Juan.

Mientras la reina ya se encontraba recluida involuntariamente en el castillo de la villa de Tordesillas, el primer documento es firmado por ella y el rey Fernando en Monzón a 18 de mayo de 1510 y ejecutado por el secretario del rey, Lope de Conchillos (un advenedizo aprovechado que termina como secretario del rey, guardián de la reina y de las minas de oro de Puerto Rico).

Se trata del nombramiento de Diego de Arce para que ocupe el puesto de “Mi Vehedor del oro e otros metales qualesquiera que se fayasen e podieren fayar en la Isla de Sant Xoan o Casa de fundición que son o fueren della…”.  Existe un segundo documento autorizando un salvoconducto para Diego Colón, almirante y gobernador de las Indias en 1511 a llevar a la isla de San Juan provisiones y mantenimientos desde La Española.  Y por último un tercer documento autoriza para que se equipare en necesidades la isla de San Juan; y reciba mercedes iguales a las de La Española de parte de Diego Colón y Ponce de León.

En general las estipulaciones de los documentos están todas relacionadas con la buena administración económica de la isla de San Juan. No podemos determinar por qué y cómo viene a estar el nombre de la reina en estos documentos; pero lo que es factible es que existe su nombre en los mismos y la mención de que la reina los firma.

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Sobre la fundación de la ciudad de San Juan

En el Tomo II de la colección de Documentos sobre la historia de Puerto Rico; se exponen los problemas de los vecinos de la villa de Caparra y su necesidad de mudarse de ella.  Ejemplo de ello es una carta relación escrita por Andrés de Haro; tan temprano como 1515 y en la que expresa el propósito de solicitar que se favoreciera el traslado y mudanza de la villa de Puerto Rico. Porque “convenia al servicio de Vuestra Alteza, mudar la cibdad de Puerto Rico; a una ysleta questá sobre la mar, en se fará a poca costa”.

La importancia de que esta localización se encuentra sobre el mar y que no va a costar mucho la mudanza; es evidentemente la consideración que se enfatiza para obtener el permiso de la corona.

No es hasta después de la muerte del rey Fernando, el 23 de enero de 1516; que se vuelve a sentir la actuación de la reina Juana; con la firma de uno de los primeros documentos que existe sobre la anunciación de la mudanza y fundación de la ciudad de San Juan.

Es una real cédula dirigida a los frailes jerónimos informándoles que Martín de Isasaga; regidor de San Germán, ya fallecido. Había presentado a los reyes en una carta, a nombre de la ciudad de Puerto Rico; la situación de la villa y la necesidad de trasladarse de lugar.  El 22 de julio de 1517, en una carta de la reina firmada en Madrid; ella recomienda que examinen el lugar de traslado para asegurarse que es de provecho mudarse.

Este documento tiene un valor extraordinario porque a pesar de que el especialista paleógrafo del documento; señala que se firmó por ambos la reina Juana I de Castilla y el rey. Refiriéndose al rey Carlos, el rey no llega a Castilla hasta septiembre de ese mismo año; y Fernando el Católico ha muerto.  Por lo tanto, el documento tiene que haber sido firmado por la reina solamente y sería el único, dentro de la colección, que se destacaría en esta forma.

Además de este documento sobre el traslado de la villa de Puerto Rico existen tres reales cédulas; con la misma fecha del 22 de julio de 1517. La primera está escrita a los frailes jerónimos para que consideren el memorial que presentó Martín de Isasaga sobre los indios. Las recomendaciones de la reina son, que los frailes dejen dormir los indios en hamacas; porque no hay algodón para lecho y no deben dormir en el suelo.

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La segunda cédula es para el obispo Alonso Manso para que no fatiguen los indios; y manda a suspender las ordenanzas que los hacen trabajar demasiado.  La tercera es al obispo sobre el memorial que dejó Martín de Isasaga antes de morir en torno a la moderación; y templanza para con la población. Para que levantara la imposición de pena de prisión si no se cumplían los estatutos; impuestos por él obispo para los indios.  Y estas cédulas denotan una atención especial al buen trato de los indios en la isla.

Volvemos a ver la mano de la reina Juana I de Castilla intercediendo en 1518; con una real provisión nombrando nuevamente veedor de las fundiciones de oro en la isla a Diego de Arce.    Y otra provisión nombrando regidor del Consejo de la ciudad de Puerto Rico a Sancho de Arango.  En 1519 concede una real provisión a Antonio de la Gama nombrándole juez de residencia de la isla de San Juan.

Y ese mismo año, en 1519 concede dos reales provisiones ambas para los vecinos de San Germán; una para tomar sal de las salinas de la isla libre de impuestos que necesiten para su casa. También para sus hospitales y otra para que solamente paguen el quinto del oro de nacimiento; como del “oro que se toma en los ríos”.

Existe entonces un total de nueve documentos firmados por la reina entre los años de 1516 a 1527.  Los temas de estos documentos están todos relacionados con la buena administración de la isla de San Juan; específicamente con la mudanza de la villa de Puerto Rico. El buen trato y cantidad de trabajo de los indios para no fatigarlos; con la imposición de trabajo excesivo y para el mantenimiento de su cultura y el nombramiento de sus administradores.

Podemos concluir que de trescientos documentos postulados entre los años de 1504 a 1527; relacionados con la fundación y colonización de Puerto Rico se encuentran doce reales cédulas; y provisiones firmadas por la reina Juana I de Castilla.

Esta iniciativa de la reina marca el interés personal de ella de ejercer su poder como monarca; dentro de las posibilidades que se le brindaron desde su prisión en Tordesillas.   Podemos concluir también que el nombre de esta isla cuyo nombre le se dió por Cristóbal Colón. “Dixe el nombre de San Juan Baptista” en un segundo viaje de 1493; le tiene que haber sido grato desde un principio y tuvo conocimiento de ella porque llevaba su nombre.

Podemos concluir que le placía a la reina Juana en tanto que llevaba su nombre de pila; y por lo tanto como es evidente que la honraba y ha tratado de favorecer su administración.  También podemos tener por cierto que su intento de dirigir; mejorar y/o estructurar administrativamente en un principio en una forma u otra esa isla de San Juan es una realidad histórica.

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